Descripción

Agrupacion de historias de una vida infructuosa
dedicada a la defensa de los derechos que las leyes dicen darte
para una vida feliz ,
pero que la administración del estado ,
las empresas que se dicen "de servicio"
y los propios "camaradas",
se encargan de dejar en nada.

A quien se de por aludido, ya se sabe:
El que se pica "ajos come".

jueves, 19 de noviembre de 2015

laudo


A pesar de haber pedido de voz y por escrito a Movistar , en repetidas ocasiones, que se me desactiven TODOS LOS SERVICIOS TELEFONICOS NO GRATUITOS EN MI TELEFONO MOVIL, nunca me ha hecho caso.

El 27 de enero hice dos llamadas al mismo número    desde mi teléfono propago . No pude hablar con el destinatario de la llamada, pero las llamadas se facturaron. Además, me cargaron 0.18e. por un sms dictado tras la llamada perdida,

El día 13/9/2014 comprobé que Movistar me había cobrado ese mensaje de voz , y por tanto hice
 la oportuna reclamación desde la pagina web ,
 a la que me contestaron que habían recibido la reclamación , y a los pocos dias , con un sms ( nunca lo hacen por escrito para que sea difícil justificarlo posteriormente )  me  desestimaban la reclamación diciendo que el otro teléfono tenia activado ese servicio y que la desactivación desde el mio debe hacerse llamando previamente al numero 22217 y al numero 22200 para activarlo.
  Da la casualidad de que yo sabia que el teléfono al que llamé tambien habia pedido la desactivación de TODOS LOS SERVICIOS TELEFONICOS NO GRATUITOS  y por tanto estaban mintiendo y estafandome,

Por eso en Febrero de 2015 formulé
 LA PETICION DE ARBITRAJE ANTE EL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON,
 que la admitió a tramite y


 procedio a mediar ante MOVISTAR con fecha 24/2/2015
 ya que Movistar está adherida al sistema arbitral de Consumo desde el año 1995.

El dia 8/9/2015 se dicta el LAUDO DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO  cuyo texto entre otras cosas dice:

EXPTE: 189/2015
LAUDO ARBITRAL


En el que las partes son las siguientes:
RECLAMANTE:
MIGUEL DOMINGO GONZÁLEZ ADÁN

RECLAMADO:
TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA S.A.Ü.,

Con fecha 25/06/2015. el reclamante manifiesta:
• Solicito se exija a Movistar que me de de baja en todos los servicios no gratuitos, se me devuelvan los 0.18 euros indebidamente cobrados por el buzón de voz. que estaba desactivado en el teléfono al que llamé, devolución del importe 0,21*0.21 euros de las dos llamadas en las que no puede lublar y se exija de Movistar que deje constancia de todas las reclamaciones efectuadas por mi desde la página web de Movistar para poderlas usar como pruebas.

Comprobada la existencia de Convenio Arbitral válido entre las partes, y en virtud del articulo 48 del Real Decreto 231/2008 de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, este Arbitro se pronuncia adoptando el siguiente LAUDO:
"Visto el expediente 189/2015. y las alegaciones y documentación a/xtriada por las /nú-tes. el Órgano Arbitral, acuerda ESTIMAR la reclamación efectuada por I). MIGUEL DOMINGO GONZÁLEZ ADÁN frente a la Entidad TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA S.A.U. asi como INADMITIR la recomvnción planteada por TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA S.A.U. frente a D. MIGUEL DOMINGO GONZÁLEZ ADÁN toda vez que se observa, en la prueba aportada por el redamante con el detalle de movimientos de la tarjeta tipo prepago. el cobro de conceptos para los que el operador no ha obtenido consentimiento expreso de! usuario.
Asi un estudio detallado de la documentación obrante en el expediente revela el cobro del servicio "llamada perdida (mensaje dictado)", el cual supone un pago adicional por el consumidor para el que la Compañía debe contar con la aceptación del diente, debiendo ser comunicado a éste de una manera clara y comprensible.
Correspondiendo a la sociedad probar el cumplimiento de estas obligaciones. TELEFÓNICA MÓVILES no ha acreditado que este senvicio haya sido dado de alta por el emisor de la llamada (el reclamante), más bien al contrario, parece deducirse de la reclamación una clara oposición por parte del usuario a la utilización de esta funcionalidad, llegando incluso a deducirse de la contestación de la mercantil al Sr. GONZALEZ que. a pesar de que éste tenga desactivado el senvicio, si llama a alguien que lo tenga activo y le salta la locución ¡xira dejar el mensaje! se le cobran los 0,18€ IVA. lo que corrobora las manifestaciones del reclamante en el sentido de que el senvicio fue cargado sin mediar la necesaria aclaración del usuario, sin la cual no cabe defender la licitud de dichos cobros.
En base al indebido proceder de la prestadora del senvicio de telecomunicaciones, el reclamante tiene derecho al reembolso de los pagos, que incluirá, aparte del coste del servicio, el precio de hit llamadas realizado* al número el 27 de enero de 2015.

Por tanto, dentro de los diez días siguientes a aquel en que reciba la notificación del LAUDO. TELEFÓNICA MÓVILES procederá a devolver al reclamante la cantidad total de 0,60 e. en concepto de precio de las dos llamadas (0.21 +0.21 e) y la llamada perdida (sms dictado). Esta devolución se hará efectiva mediante el ingreso de la cantidad en la cuenta que designe el SR GONZÁLEZ ADÁN.
Del mismo modo, en el plazo citado anteriormente. TELEFÓNICA MÓVILES justificará de manera idónea a! reclamante que se encuentran desactivados todos los servicios o funcionalidades que supongan coste alguno y no hayan sido previamente solicitados por él de forma expresa.
Además, en los diez dias siguientes a aquel en que reciba el presente LAUDO TELEFÓNICA MÓVILES facilitará al SR. GONZÁLEZ ADÁN los números de referencia de sus reclamaciones, quejas, peticiones o gestiones realizadas por él desde la página  web de la operadora que tengan relación con el objeto de la reclamación

EL ARBITRO
Fdo:Maria del Mar Alonso Garcia







Este laudo se comunico a las partes, pero Movistar se limito a ingresarme  5 euros en la cuenta del teléfono
 y se reiteró en que era imposible TECNICAMENTE 
 "desactivar todos los servicios no gratuitos” (con lo que se saltaba a la torera la parte esencial de la reclamación
 al mismo tiempo que
 me enviaba unas referencias de mis reclamaciones desde la pagina web que no veo forma de comprobar.

Por eso con fecha 1/10/2015 , una vez que la JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO  me remitió toda la documentación necesaria
 he pedido AL JUZGADO DECANO DE VALLADOLID,
 que remita al Juzgado de Instrucción que corresponda

 MI PETICION DE EJECUCIÓN DE LAUDO
  toda vez que una vez dictado tiene la misma validez que una sentencia judicial


RESOLUCION DE EJECUCION DE LAUDO.JUZGADO Nº 2 de  Valladolid 

COMENTARIOS DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES QUE HAN CONTESTADO al final de la página













RESOLUCION DEL JUZGADO NUMERO 2 DE VALLADOLID SOBRE LA PETICION DE EJECUCION DE SENTENCIA
















Por supuesto NO HE TENIDO AYUDA DE NINGUNA ASOCIACION DE CONSUMIDORES (esas que subvencionamos con los presupuestos publicos)















COMENTARIOS DE LAS ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES QUE HAN CONTESTADO




Sentimos muchísimo que vd. se encuentre en otra Comunidad Autónoma: la Comunidad de Castilla La Mancha en la que nosotros no podemos actuar defendiéndole por el ámbito competencial entre Comunidades Autómas que limita el territorio de nuestra actuación.



También sentimos mucho que, como vd. dice en su escrito ( del cual nos envía el enlace ), no haya recibido ninguna ayuda de las Asociaciones de Consumidores de su Comunidad Autónoma, quizá no haya contactado con las personas adecuadas dentro de las mismas o que haya contactado con alguna que no le ha prestado la atención suficiente. Pero estamos seguros de que en su lugar de residencia existen sin duda compañeros nuestros de otras Asociaciones que velan con ahínco por los intereses de los consumidores. Nunca se puede generalizar ni decir que todas las Asociaciones de Consumidores  son iguales.



Nosotros trabajamos infatigablemente en la Comunidad de Madrid para velar por los derechos de los consumidores y prueba fehaciente es la multitud de laudos favorables a los consumidores que conseguimos cuando acudimos a la Junta Arbitral de Consumo ( una media de 3 ó 4 veces al mes), tanto en el Ayuntamiento de Madrid como en la Comunidad de Madrid. Laudos que le aseguro se han cumplido en todas las ocasiones, ya que nadie nunca nos ha dicho lo contrario.



No quiero que se quede vd. con la idea de que el Sistema Arbitral de Consumo no funciona, ni nos gustaría que sus palabras indujeran a los consumidores, que las escuchan o las lean, lo piensen. Prueba de que funciona, es el laudo favorable que vd. obtuvo al acudir a dicha vía de reclamación totalmente gratuita para el consumidor.



Otro cantar, son las compañías de telefonía con las que nos enfrentamos a diario desde nuestra Asociación y cuyas controversias intentamos y resolvemos semanalmente ( del orden de 21 vistas de telefonía mensuales ) y le aseguro que nos dan muchos "dolores de cabeza" y que nos preocupan muchísimo.



En la Unión de Consumidores Europeos EUROCONSUMO Comunidad de Madrid, luchamos infatigablemente porque se respeten los derechos de los consumidores que, en definitivas cuentas, somos todos nosotros. Siempre escuchamos a todo el mundo e intentamos ayudarles en todo lo que está en nuestra mano. Prueba de que escuchamos a todo el mundo, es que yo personalmente, que soy su presidenta, le estoy contestando inmediatamente a su correo.



También queremos decirle, que EUROCONSUMO NO RECIBE SUBVENCIONES de ninguna Administración Pública. En la Comunidad de Madrid se ha suprimido el capítulo "subvenciones a Asociaciones de Consumidores"  hace ya varios años. 



EUROCONSUMO trabaja mucho, con escasísimos recursos, y vive de las cuotas de sus socios y del trabajo que realiza sus letrados y su personal técnico: arbitrajes, información en OMICs a los consumidores y a las familias, stands en la calle, en los centros comerciales y en los intercambiadores de transportes, charlas en municipios pequeños, en centros de mayores, en colegios y un largo etc...de actividades. Y estamos encantados de hacer lo que hacemos: ayudar a resolver los problemas cotidianos de los ciudadanos e informarlos para que puedan evitarlos.



Simplemente finalizar diciéndole que ya sabe dónde nos tiene si quiere realizarnos algún tipo de consulta. No podemos actuar en su Comunidad Autónoma, pero sí podemos informarle, eso nadie puede prohibírnoslo.




Un cordial saludo,



Rosa Mª Romero de la Osa


Presidenta de EUROCONSUMO Comunidad de Madrid

 info@euroconsumocommadrid.com

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Lo del tema de ..... las asociaciones de consumidores que reciben subvenciones........ a Facua Castilla y León, hace mucho que la Junta no nos da nada.
Salud.
Jesús.

castillayleon@facua.org


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 Desconocemos la razón de su email. Somos FACUA Córdoba, si desea hacer alguna consulta puede hacerla a esta dirección de correo electrónico o bien al número de telefono que figura más abajo.
Atentamente;


cordoba@facua.org